Corría la segunda mitad
del año 1834 y en este agrícola pueblo, a escasos kilómetros de la capital
insular de la isla de Canaria, las noticias de la metrópolis llegaban algo
tardías como a cualquier sitio del país canario, había que esperar la arribada
de los escasos barcos que procedían de la península.
Aquí en el pueblo, los
ambientes políticos locales actuaban con cierto mimetismo al acontecer del
Estado, dentro de su particular interés. Ya habían pasado a nuestra historia
las patrióticas alocuciones cuando la guerra de la Independencia por la
ocupación napoleónica del párroco Vicente
Pérez de Armas y los hermanos alcaldes hermanos Mateo e Ignacio de Matos
Quintana, hechos que motivarían los primeros intentos de las políticas
liberales que propiciaron la aprobación de la Constitución de 1812 por las Cortes
de Cádiz.
Acequias paralelas (Fedac) |
Importante era conocer
que los primeros cambios en los políticos fue que los ayuntamientos se
constituirían por elección del Alcalde 1º,
Alcalde 2º, Síndico, cuatro Regidores
y el Secretario, que venía a
sustituir el antiguo Fiel de Fechos. Era
un sistema electoral de segundo grado en el que participaban como electores un
número determinado de los mayores contribuyentes del pueblo, quienes en el mes
de octubre de cada año confeccionaban una terna de tres contribuyentes para
cada uno de los cargos a cubrir, de cuya terna el Jefe Político, algo así como
el gobernador de la isla, designaba quién de los tres incluidos en la terna
ocuparía el cargo.
Es por tanto este año de mucha expectación frente a las reformas liberales, donde la clase privilegiada partía con cierta ventaja
por proceder del estamento del Antiguo
Régimen conformado por nobleza, milicia e iglesia. Prescindiendo del
inexistente grupo nobiliario, no exclusivamente porque en las islas todos los títulos
nobiliarios fueron comprados, sino debido a que los poseedores de los
mayorazgos antes nombrados no eran estantes en Arucas, más aún en el caso del Mayorazgo de Pedro Cerón residentes en
el extranjero, la influencia o apetencia que podrían ejercer en el pueblo no se
esperaba, salvo la indirecta como partícipes de la Heredad que pudieran ejercer sus administradores en defensa de sus
intereses, pero sin ambicionar otra influencia social o política, pues además
tendrían sus miras en otras tierras de la isla estratégicamente más próximas a
sus grandes latifundios.
La nula participación esperada
de los anteriores en la vida cotidiana aruquense darían una posición de verdadero
protagonismo a las milicias, destacando en la misma los capitanes de la familia
Ponce, descendientes todos de la rama
Ponce de León que se asentó en la
isla en el siglo XVI, a la que perteneció el alcalde real Bartolomé Ponce Díaz (1776). Menos presencial los Matos por el abandono de la milicia tras
la persecución de la que fue objeto el alcalde constitucional Mateo de Matos Quintana, hijo del
capitán y alcalde real Ignacio de Matos
Ponce (1770), y los Armas,
descendientes del alcalde ordinario y alférez Mateo Armas Cabrera (1731) que optaron por la carrera eclesiástica.
Muchos fueron los
capitanes de milicias que desempeñaron el cargo de alcalde ordinario o de
salario como Sebastián Marrero
(1636), Juan González De Niz (1646), Pedro González Falcón (1669), José Ortega Talavera (1711), Domingo Medina Marrero (1740) y Francisco Medina Quintana (1750). Todos
ellos adquirieron la proyección social desde el cargo de mayordomo de la Fábrica
de la parroquia, o de las distintas cofradías, y entre estas últimas de forma especial, la
Vera Cruz. Sus descendientes, algunos emigraron de Arucas o abandonaron la
profesión ancestral por distintas causas.
En este año ostentan un posición privilegiada los capitanes y hermanos Antonio J. y Luis Ponce Ponce,
siendo este último quien mejor se postula como secretario de la Heredad de Aguas y administrador de las
capellanías de Juan Mateo de Castro y
de los Álvarez Castro y Godoy, soltero
con aparente conocimiento de las leyes por su condición de fraile ex-claustrado
según algunos, de ideas muy conservadoras.
Pariente de estos
tenemos también la figura del terrateniente Juan
Ponce Marrero, así como el tres veces alcalde Miguel Ponce Medina (1825, 1828 y 1831), todos ellos emparentados o
probables descendientes de los alcaldes reales Francisco Ponce Marrero (1792) y Antonio Ponce Marrero (1763), éste último hijo del capitán y
mayordomo de la Cofradía de la Vera Cruz Juan
Ponce Marrero (1730). Muchos con este apellido aparecen entre los
tributarios de la Cofradía del Santísimo en 1799: Antonio Ponce, Bartolomé Ponce y Luis Ponce. Todos ellos contaron con el
apoyo del Administrador del Mayorazgo de Pedro Cerón.
Como representante de la
iglesia encontramos este año y ya mayor con sesenta y cinco años de edad al
párroco Vicente Pérez de Armas,
sucesor en las capellanías de su tío el canónigo Vicente Antonio de Armas. El párroco tres años antes había puesto
al frente de la escuela de niños al presbítero guiense José Antonio Rivero Mireles, que venía de la parroquia de Moya y en
quien tenía serias esperanzas le sustituyera en el curato.
Acta Heredad de 1807 firmadas por Alcaldes de Aguas (E. Rizkallal) |
Igualmente se conocía
que durante el mismo Trienio Liberal,
se habían vendido algunos bienes vinculados con cargas censitarias, como la
casa del canónigo José Álvarez de Castro en la plaza de san Juan, vendida por
Vicente Matos a los herederos del canónigo José Abad.
De las experiencias
habidas tras la aprobación de la Constitución
de 1812, se sabía que cuando se normalizara toda la reforma municipal, el Alcalde Constitucional ocuparía la
presidencia de la Heredad de Aguas de
Arucas y Firgas, y asumiría otras atribuciones en la reforma fiscal de la
que se hablaba tanto. Ya había sucedido en los dos períodos de la alcaldía
constitucional de Pedro Castellano
González (1814 y 1821), y en ambas por derecho asumió en exclusiva para su
persona el cargo de Alcalde de Aguas
(1814, 1815 y 1821). Fue singular dado que fueron los únicos períodos en que el
cargo de Alcalde de Aguas no era
compartido con otra persona.
Se sabía que el gobierno
de la Heredad y del Ayuntamiento eran vasos comunicantes, caminos paralelos, al
igual como había ocurrido siglos atrás con los mayordomos de la Fábrica de la parroquia o de las distintas
Cofradías. Pero además el caso de la
Heredad no entrañaba exclusivamente prestigio social como las eclesiásticas,
aunque se compartiera la alcaldía de aguas con un amigo del bando. Tal
privilegio permitiría dirigir de alguna forma la planificación y trazado de las
acequias de reparto de aguas construidas con los fondos del Secuestro, fondos
obtenidos de una parte proporcional del común de todos los herederos, lo que
facilitaría la conversión de terrenos de secano en tierras de regadío de mucho
mayor valor. Además se tenía una posición de información privilegiada en cuanto
a los apoyos económicos que prestaba la Heredad a distintos colectivos con
capacidad de decisión clientelar sobre los mismos.
Los Alcaldes de Agua de la Heredad eran nombrados por el Ayuntamiento
presidido por el Alcalde, y si bien así se reguló para que dependieran del
Ayuntamiento, en la práctica de la política local, la dependencia fue
recíproca. Dado que las ternas propuestas son realizadas por los mayores
contribuyentes residentes, en su gran mayoría son terratenientes y con aguas de
la Heredad, un favor bien dispensado por un Alcalde
de Agua habrá de pagarse con otro favor en el plano político local. De
donde favorecer con el reparto de azadas de aguas o infraestructuras
hidráulicas, puede verse correspondido favoreciendo con votos a un elegible
para un cargo en el Ayuntamiento.
Mesa del Mayorazgo en la Heredad (E. Rizkallal) |
El año se define con Antonio J. Ponce Ponce en la alcaldía presidiendo el ayuntamiento, a su vez alcalde de aguas en la Heredad compartiendo el cargo con Gregorio Domingo Rodríguez Barbosa (apellidos en el orden lusitano), y con José Miguel Pérez Rubio de Fiel de Fechos de la misma institución, quien ya lo había sido dos veces antes (1820/24 y 1830), y en 1813 alcalde de aguas accidental cuando el Jefe Político suspendió la aplicación de las ordenanzas de Ruiz de Melgarejo en la Heredad que arbitraban la representación de los herederos de Arucas y de Firgas resueltas por la Audiencia y consideradas liberales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario