El ayuntamiento estaba regido por el alcalde Manuel del Toro Sánchez y los siguientes concejales: Martin Afonso González, Manuel Cabrera
Marrero, José González Marrero, José Guerra González, Antonio Guerra Rodríguez,
Salvador Hernández González, Valentín Lorenzo Matos, Pedro Marichal Álvarez,
Carlos Medina Batista, Isidro Pérez Hernández, Francisco Pérez Marrero, Antonio
Quintana Medina, Juan Ramos Guerra y Juan Andrés Suárez Guerra. La villa
contaba con una población de 7.972 habitantes.
Los contribuyentes asociados Antonio
Ferrera González, José Ferrera González, Juan Henríquez Guerra, Francisco
Marrero González, Manuel Fernando Marrero Ponce, Juan Manuel Martin Rodríguez, José Medina Marrero, Rafael Ponce Armas, Antonio Pedro Ponce Marrero y Domingo Suárez Guerra.
Los conflictos políticos le van apareciendo a la casi compacta
corporación y en la sesión del 6 de enero se ve obligada a adoptar un acuerdo
sobre la distribución de los colegios electorales «Remitir informada á la Excma. Diputación Provincial (…) la reclamación
deducida por D. Pedro Castellano y Ponce contra la división del término Municipal
en Distritos y Colegios; debiendo repartirse en el informe, con el detenimiento
que el caso requiere, los conceptos ofensivos para esta Corporación y los
artificiosos argumentos que dicho interesado se permite exponer y que no pueden
consentirse en silencio, para que no prevalezcan ante aquella superioridad las inexactitudes
y falsas teorías que sirven de base y fundamento á la indicada reclamación».
El reclamante no es otro que el alcalde en 1872, hijo de Juan Bautista Castellano Marrero, casado
con una hermana de Luis Ponce Ponce,
tildado en su día de “pulido e inmaduro” que abandonaba los plenos cuando era
recriminado por ilegalidades, al que encuadramos dentro de los “conservadores” que pugnaban con los “leoninos” por mandar. Ahora, diecisiete
años después, más maduro y administrando el buen patrimonio heredado de su
padre, estaba rehaciendo el camino político que terminó por encaminar hacia la
presidencia de la Heredad de Aguas.
En la sesión del 17 de febrero se dio cuenta de la resolución de la
Comisión Provincial sobre esta reclamación, considerando que la división del término Municipal en Distritos y
Colegios realizada por el ayuntamiento se ajustaba a derecho.
En la Heredad de Aguas continuaba de Presidente Rafael Ponce Armas, y
en su Junta del 3 de Febrero se daba cuenta del informe sobre el ya lejano
proyecto de construcción de una presa para los cultivos de regadíos extensivos,
y los dos posibles lugares de La Caldera y el barranquillo de Pinto. En La
Caldera se estimó un coste de 23.000 pesetas y mucho más en Pinto, «unas 15.000 pesetas el solar y aún más».
Tenía además esta última el coste añadido de las acequias de salida, que no
eran necesarias en la Caldera por donde pasaba la acequia real, si bien en
Pinto podría alcanzarse una doble capacidad. Cómo se prestaba a dudas técnicas
se encargó al ingeniero Eugenio Suárez Galván diera un dictamen, que entregó el
día 17, dos semanas después, precisando que en Pinto costaría «40.000 duros».
Como los recursos disponibles ya habían sido debatidos años atrás y
hubo oposición frontal de una minoría de herederos a la aprobación del
Secuestro de una azada que precisaba unanimidad, se encargó al mismo ingeniero
confeccionara planos y memorias para su construcción en La Caldera y pudiera
ser presentados en la Junta de octubre, dado que la mayoría de herederos quería
resolver el proyecto de la presa cuanto antes.
En la sesión del ayuntamiento de 17 de febrero se acordó dirigirse al
Diputado a Cortes Pedro del Castillo y
Manrique de Lara para que hicieras gestiones e intercediera para que se incluyera
en el plan general de carreteras de la provincia el enlace de «esta Villa con la inmediata de Teror y que
apenas contará siete kilómetros de longitud».
La confección del censo de electores por el ayuntamiento tuvo muchos
curiosos “errores”, por lo que el
ayuntamiento en pleno del día 24 de febrero tuvo que admitir muchas
reclamaciones antes de que llegaran a la Comisión Provincial lo que podía haber
supuesto un auténtico escándalo político:
«Segundo.- Acceder a una
solicitud de D. Pantaleón Diaz y Suarez, encaminada á que sean incluidos en las
listas de electores para Concejales, Don Domingo, D. Vicente, D. Francisco, D.
Isidro y D. Juan Suarez Rodriguez.
Tercero.- ídem á otra
reclamación del propio D. Pantaleón Díaz respecto á la inclusión en dichas
listas de Don José García Marrero.
Cuarto.- ídem á otra instancia
del mismo, ejercitando análogo derecho, con referencia á D. Andrés Pérez
González y D. Francisco García Estévez.
Quinto.- ídem á otro memorial
de dicho interesado, con igual objeto, relativamente á D. Cipriano Blanco y Falcón.
Sexto.- ídem a otra reclamación
del mencionado sujeto, con el mismo fin, en cuanto á D. Juan Henríquez Brito.
Séptimo.- ídem á otro memorial
del repetido D. Pantaleón Díaz, con análogo objeto, por lo que toca a D. Juan
Ortiz Deniz.
Octavo.- ídem á otra solicitud
del ya citado Pantaleón Díaz, con idéntico propósito, respecto a D. Manuel
Domínguez Suárez.
Noveno.- ídem a otra instancia
del propio reclamante, en lo que atañe á la inclusión de D. Domingo Santana
Batista y á la exclusión de D. Francisco
Marrero Yanes, D. Tomás Henríquez Marrero y D. Luis Santana Ravelo; denegándola
en cuanto á la pretendida eliminación de D. Rafael Rodríguez Ferrera y D. José
Mujica Santana.
Décimo.- Modificar la vecindad
con que aparecen en las listas los electores D. Juan de la Nuez Rodríguez, D.
Pedro Pino Ortiz, D. Pedro Rosales Hernández, D. Manuel Reyes Medina, y Don Blas Medina Marrero, de
conformidad con lo solicitado por el propio Don Pantaleón Díaz, manteniendo la
que afecta á D. José Pérez y Pérez y D. Domingo Suarez Guerra, comprendidos también
en dicha reclamación, por no existir méritos para introducir la expresada
enmienda.
Undécimo.- Reconocer el derecho
del sufragio para cargos municipales á favor de los cuarenta y dos vecinos cuya
inclusión pide D. Rafael Ponce y Armas.
Duodécimo.- Excluir de las listas
electorales para Concejales á D. Blas Henríquez Brito, D. Francisco Hidalgo, D.
Juan Miguel Hernández Zerpa, Don Manuel Matos Rosales, D. Mario Benavides y Ponce,
D. Emiliano González y D. Sixto Sancho y Bonal, quedando asi resuella la reclamación
producida al efecto por el repetido D. Rafael Ponce».
Resulta curioso que las reclamaciones fueran presentadas por los ahora
“patrióticos” y por los “leoninos”, entendiendo que estos
últimos lo hacen para nivelar las inclusiones del contrario, y casi fuera de
tiempo. Ello motivaría que Pantaleón Diaz
y Suarez reclamara contra la anónima y no individualizada inclusión de
vecinos presentada por Rafael Ponce Armas,
asunto que tuvo que tratarse en el pleno del 3 de marzo que adoptó los
siguientes acuerdos:
«Segundo.- Denegar en lo
principal, por improcedente y extemporánea la solicitud presentada personalmente
por Don Pantaleón Diaz y Suarez el dia 27 de febrero último, para que en definitiva
sea destinada la que, en tiempo oportuno, produjo D. Rafael Ponce y Armas, en
cuanto á la inclusión de 37 vecinos en las listas electorales; admitiéndose
desde luego la apelación que, en este caso, interpone el propio D. Pantaleón
Diaz, a cuyo efecto deberá remitirse el escrito del mismo con todos sus
antecedentes á la Comisión Provincial, y se entregará al interesado, por vía de
notificación, copia certificada de este acuerdo.
Tercero.- Expedir y entregar
al referido Don Pantaleón Diaz y Suarez, el testimonio que pide, comprensivo de
la instancia deducida por D. Rafael Ponce y Armas, sobre inclusión y exclusión
de electores en las listas respectivas, asi como de varios otros extremos relacionados
con dicha reclamación».
Pero todo estaba bien controlado y dominado en el órgano provincial,
también dominado por los “leoninos”,
y así en la sesión del día 24 de marzo se recoge «Quedar enterado del fallo de la Comisión Provincial desestimando en definitiva
y sin más ulterior recurso, la apelación interpuesta para ante la misma por Don
Pantaleón Diaz y Suarez, confirmando en todas sus partes el acuerdo de este
Ayuntamiento, fecha 24 de febrero último, objeto de dicha alzada, sobre inclusión
en las listas electorales de los 42 vecinos comprendidos en la reclamación que
al efecto y en tiempo oportuno presentó D. Rafael Ponce y Armas». Queda
claro que quien hace sonar la campana en el instante apropiado, está definiendo
la extemporaneidad como interesa. Así se legalizaban los “pucherazos”, manejando los tiempos correctamente.
Ya tranquilo y sin situaciones de “infarto”, en abril se incorporó de
nuevo a la alcaldía Manuel del Toro Sánchez,
después de su larga convalecencia, si bien desde su domicilio no había
descuidado el control del gobierno municipal y de la política local, cuidando
la composición de los censos electorales, y caracterizándose este período por
la "facilidad" con que las
distintas sesiones de la corporación aprobaban la concesión del derecho de
ciudadanía a contribuyentes que aun teniendo sus tierras en el término
municipal siempre mantuvieron su domicilio en Las Palmas. Había que preparar
las próximas elecciones de diciembre, de acuerdo con la nueva ley que se aprobó
en mayo.
Muy
atentos a las pugnas contra los "leoninos"
en toda la isla, el periódico “El País” (órgano del Partido Patriótico) del 21 de mayo avanzaba una primicia
informativa:
«Tenemos entendido que nuestro amigo D. Francisco Blanco y
Falcón, vecino de Arúcas, ha elevado un enérgico y contundente recurso de queja
al Sr. Ministro de la Gobernación, contra la Diputación provincial y el
Gobernador de estas islas, por que hace cuatro meses presentó recurso de alzada
de los acuerdos tomados en ciertos expedientes sobre elecciones de Arúcas, y
esta es la fecha en que las autoridades provinciales no se han dignado remitir
las actuaciones al Sr. Ministro, con grave retardo de la administración de
justicia.
El Sr. Blanco, en su queja, traza fidelísimo retrato del
caciquismo de la provincia, comparándolo con esas Sultanías dictatoriales, con
su obligado séquito de progenies cesaristas y autoridades que obedecen;
recordando, de paso, las tantas suspensiones de Ayuntamientos independientes,
decretadas por los gobernadores y revocadas por los poderes centrales; con
severos apercibimientos á aquellos y poniendo, en fin, de manifiesto que sobre
la fuerza del derecho se impone el derecho de la fuerza, ya que la mayoría
legal en casi todos los pueblos de la provincia, por sentimientos de justicia,
es hostil á la situación imperante».
De nuevo es oportuno
para este autor citar otro nacimiento el 20 de Abril, el correspondiente al
segundo cronista de Arucas Teodoro Rosales Quevedo, que tuvo lugar en la casa
de sus abuelos maternos en la plaza de san Sebastián, otra de las fuentes
bibliográficas utilizada para estos Anales.
Retomando la historia, dentro
de aquellos ambientes que buscaban la proyección social, aquella vieja iniciativa
vecinal para la construcción de un nuevo templo parroquial promovida por la
Junta de Construcción presidida por Rafael
Ponce Armas, no prosperó por no alcanzar los fondos precisados,
probablemente por coincidir con la crisis de la cochinilla, y los dineros obtenidos
habían sido invertidos en empréstitos del Banco Nacional, gestionando Antonio
González González su rescate en junio de 1877, hasta que el presbítero Pedro
Regalado Hernández Armas recibió el efectivo de ochocientas treinta y seis
pesetas y cincuenta céntimos del recaudador de contribuciones Pantaleón Quevedo
el 27 de agosto de 1878.
El 22 de mayo de este
año, el párroco Manuel Morales Caballero
recibió de Francisco Hernández Armas,
en calidad de heredero del fallecido presbítero Pedro Regalado Hernández Armas depositario de tal cantidad, el
importe de mil seiscientas noventa y nueve pesetas y noventa y ocho céntimos,
producto de aquel empréstito y otras de distinto origen aportados por los
vecinos, para la construcción de un nuevo templo.
Dada la imposibilidad
económica para la construcción del nuevo templo, a consulta del párroco que no
dudamos ofreciera esta alternativa, el obispo aconsejó destinar dichos fondos a
la reconstrucción de la Casa Parroquial, por la alarmante situación de ruina
después del cartucho de dinamita que tiraron en el techo, cuantía que la Fábrica
de la parroquia se obligaría a satisfacer a su fin previsto cuando se ejecutara
la obra del nuevo templo. A dicho importe se sumó la donación realizada por la
Heredad de Aguas procedente de parte de los intereses percibidos por el préstamo
dado por distintos herederos al contratista de la carretera Manuel Matos Moreno,
quienes a su vez obtuvieron su principal
de La Heredad.
Las reclamaciones contra el censo electoral no fueron exclusivamente las
ya comentadas. Las fórmulas manipuladoras aprendidas de las elecciones a
Diputados a Cortes convocadas por Cánovas y Sagasta tipificadas de auténticos
"pucherazos", y puestas en
práctica para las municipales obligaron a que los molineros de Cruz de Pineda
por medio de un reconocido político del lugar plantearan un recurso por tales
hechos.
El recurso de alzada sería firmado por un conocido político local,
próximo a los dueños de la Fábrica Azucarera de Nª Sra. del Rosario, pues hasta
esos extremos había que cuidarlos para tener influencia. Pero, los brazos del
poder de los "leoninos" todavía
tenían fuerza. La
sesión del 24 de septiembre de 1889 de la Comisión Provincial desestimó el
recurso de alzada interpuesto por el ex-alcalde Antonio González González, que pedía se excluyeran de las listas
electorales, setenta y ocho individuos que había incluido el Ayuntamiento
siendo Alcalde Manuel del Toro Sánchez.
Poco después, en su
sesión del 15 de octubre siguiente, desestimaba también otro recurso de Antonio González González por la
inclusión de otros siete vecinos en el censo. Eran las denuncias de los "progresistas" a las mañas y "pucherazos" de los "leoninos" herederos del Partido Nuevo y otros restos escindidos del Partido Viejo que se apuntaron a la
opción política ganadora, que se resistían a la pérdida del poder
para sucederse a sí mismo.
El 13 de octubre se celebra la Junta General de la Heredad de Aguas
para estudiar los planos y memorias encargadas al ingeniero, y en ese ánimo
mayoritario de resolver cuanto antes este viejo tema de la presa, facultó a la
Junta de Gobierno para negociar la compra del solar. Reunida al siguiente día
la Junta de Gobierno, nombra una comisión formada por Rafael Ponce Armas, Jerónimo Navarro González y Ramón Madan Uriondo
para realizar las negociaciones con la familia Bravo, propietaria del solar. El
20 de noviembre la Junta de Gobierno fue informada que el precio del solar era
de 12.000 pesetas, y que los vendedores exigían además el condominio del 50%
del agua depositada, contribuyendo ellos en igual porcentaje a las limpias y
reparaciones futuras.
La Junta de Gobierno entendió que era una exigencia desproporcionada y
dado que la Ley de Aguas le habilitaba para incoar un expediente de
expropiación forzosa, decide trasladar esta propuesta a la próxima Junta
General a celebrar el próximo año. El asunto de la presa seguía esperando que
le llegara su momento.
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